Jueves 11hs, Legislatura Porteña
Por Trabajo Decente e Inclusión Social
En la Ciudad de Buenos Aires, la lucha de los cartoneros ha puesto en claro que con organización popular y cooperación estatal se puede transformar el trabajo informal en trabajo decente, eliminando las mafias, erradicando el trabajo infantil e impidiendo las coimas policiales.
La venta ambulante, las ferias populares y todas las actividades informales que se realizan en la vía pública deben ser reguladas y los trabajadores de la economía popular luchamos por ello; nuestras organizaciones y el Estado deben colaborar para ordenar el espacio público y garantizar condiciones de trabajo decente para todos los que integramos las cadenas de producción y distribución de la economía popular.
Sin embargo, algunos legisladores porteños pretenden este jueves derogar el artículo 83 del Código Contravenciones, ignorando que tal hecho solo reforzará el flagelo que el trabajo informal sufre a diario, alejándonos de una solución sustentable al problema. Para que se entienda de que estamos hablando, el artículo 83 del Código Contravenciones establece:
“Quien realiza actividades lucrativas no autorizadas en el espacio público, es sancionado/a con multa de doscientos ($ 200) a seiscientos ($ 600) pesos.
Quien organiza actividades lucrativas no autorizadas en el espacio público, en volúmenes y modalidades similares a las del comercio establecido, es sancionado/a con multa de 5.000 a 30.000 pesos.
No constituye contravención la venta ambulatoria en la vía pública o en transportes públicos de baratijas o artículos similares, artesanías y, en general, la venta de mera subsistencia que no impliquen una competencia desleal efectiva para con el comercio establecido, ni la actividad de los artistas callejeros en la medida que no exijan contraprestación pecuniaria. “ .
Como se darán cuenta el artículo diferencia claramente entre los que pretenden obtener un lucro de lo ilegal y los que sólo intentan ganarse la vida honestamente con su trabajo. En otras palabras, la norma distingue entre comerciantes ilegales (párrafo 1), organizaciones de explotadores (párrafo 2) y trabajadores de la vía pública (párrafo 3)
Con el artículo 83, junto con otras normas de naturaleza penal el Estado porteño tienen todas las herramientas para combatir a las mafias explotadoras que a través de la venta ambulante comercializan mercadería –principalmente textiles- procedente de talleres clandestinos. Su derogación, en cambio, ilegaliza el trabajo en la vía pública mientras abre de punta a punta la puerta a la creación de un vacío jurídico, con el cual, los inescrupulosos de siempre seguirán abusando de su poder de “ordenadores del bien público”.
Es por ello que la CTEP ha elaborado, junto al Defensor General de la Ciudad de Buenos Aires, una propuesta de formalización que implica:
1. Reconocimiento de los artesanos que auto-producen los bienes que intercambian y ubicación de los mismos en puestos fijos sobre la vía pública y las peatonales consensuadas con el GCABA.
2. Censo, capacitación y relocalización de los trabajadores de la vía pública que no producen su propia mercadería en nuevas Ferias de Economía Popular, libres de trabajo esclavo y de explotación, ubicadas en las plazas Roberto Arlt, Suipacha, Constitución y Once.
3. Formalización de todos los trabajadores a través de su incorporación al monotributo social y su asociación a cooperativas de trabajo formalmente constituidas.
4. Control de procedencia de la mercadería y apertura de proceso de auditoría en todos los talleres que trabajan para las Ferias de Economía Popular por parte del Ministerio de Trabajo para facilitar su regularización en pos del trabajo digno, mediante créditos blandos, subsidios y aportes de equipamiento en un plan gradual y progresivo con el objeto de garantizar que en el transcurso de un año las Ferias de Economía Popular se convierta en un bastión de la economía popular y sean efectivamente libres de trabajo esclavo.
5. Lucha sin cuartel contra las mafias explotadoras, el trabajo esclavo y las coimas policiales.
Regularización SI, Exclusión NO - Trabajo SI, Esclavo NO
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